Nuevas disposiciones en la emisión de comprobantes digitales

Recientemente el SAT, publicó la 2da. Resolución Miscelánea para 2016, en la cual contiene una modificación a la emisión de comprobantes digitales, los llamados CFDI (facturas electrónicas), dicha modificación es que ahora, todos los comprobantes deberán llevar el “METODO DE PAGO”, este renglón, a estado vigente desde hace tiempo, sin embargo la autoridad permitió que se podía señalar  la leyenda «No Identificado”, la cual con esta reforma queda totalmente inhabilitada, es decir, no se podrá ya asentar en los comprobantes dicha leyenda, y forzosamente se tendrá que poner uno de los métodos de pago que el propio SAT dio a conocer en el catálogo de claves que es el siguiente:

 

Clave Concepto
01 Efectivo
02 Cheque nominativo
03 Transferencia de fondos
04 Tarjetas de crédito
05 Monederos electrónicos
06 Dinero electrónico
07 Tarjetas digitales
08 Vales despensa
28 Tarjeta de débito
29 Tarjeta de servicios
99 Otros

 

Sólo en los casos, en donde sea una venta a Crédito, donde no se conoce de antemano la forma en que el cliente realizará el pago, deberá asentar la clave 99 “Otros”  de acuerdo con el catálogo antes señalado.

Esta obligación, entra en vigor a partir del día de hoy, por lo que les sugerimos, dar aviso a su personal de facturación, para que pongan estos conceptos, y así evitar tener que refacturar en el futuro.

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