El día de hoy fue publicado en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, con la finalidad de adicionar un nuevo régimen de sociedad mercantil, la llama: “Sociedad por Acciones Simplificadas” (SAS)
Estas sociedades, podrán comenzar a constituirse a partir del 15 de Septiembre de 2016.
Dentro de las novedades que muestra este nuevo esquema destacamos las siguientes:
– Solo requiere de un solo accionista para su constitución.
– Los accionistas de estas empresas, no pueden ser accionistas de otras empresas.
– Sus ingresos anuales no podrán ser mayores a 5 millones de pesos. En caso de rebasar estos ingresos, deberá transformar su régimen de capital.
– Deberá contar con autorización de la Secretaría de Economía para el uso de la denominación social.
– El accionista o los accionistas, deberán contar con Firma electrónica avanzada vigente.
– No se requiere de protocolizar el acta de constitución ante notario publico.
– Para su constitución, el o los accionistas deberán acceder al portal tuempresa.gob.mx para elegir las cláusulas sociales que integrarán los estatutos, y posteriormente manifestar su voluntad para crear la SAS mediante su firma electrónica.
– Se generará una boleta de inscripción tanto para el RFC como para el Registro Público de Comercio, una vez realizados estos dos registros, la empresa podrá estar operando normalmente.
Esta nueva figura, sin duda deberá agilizar diversos tramites que ahora se tienen al Constituir una Sociedad.