En relación al pago de la PTU que se realiza dentro de este mes de Mayo, quiero llamar su atención a efectos de que dicho reparto es disminuible en los pagos provisionales como un estímulo fiscal.
Esta disminución consiste en restar de la utilidad fiscal determinada para el pago provisional del Impuesto Sobre la Renta, el monto de la PTU pagada, en una proporción igual entre los meses de Mayo a Diciembre del ejercicio en que se trate, en este caso sería 2016, siendo esta disminución en los pagos provisionales del ejercicio de manera acumulada.
Es importante tener en cuenta este estímulo fiscal, pues puede generar una disminución en el importe del pago provisional del ISR a partir del mes de Mayo, es decir, el que se pagará en el mes de Junio y en adelante hasta Diciembre de este 2016.