Problema de Sistemas en Facturación

A ultimas fechas, el SAT a adoptado diversas prácticas con el fin de identificar empresas que realizan operaciones inexistentes o simuladas. Dentro de estas prácticas existen dos principalmente que esta realizando:

a)  Verificación de domicilio, con el fin de cerciorarse que las empresas estén efectivamente operando el domicilio señalado ante el RFC, y que estas cuenten con activos, personal, etc… que demuestre su operación y existencia.

b)  Realiza un análisis por medio de sus sistemas (como ya toda la facturación es electrónica) y compara, los datos que los contribuyentes manifiestan en sus declaraciones mensuales de ingresos vs la facturación que tiene en sus archivos electrónicos de facturación emitida.  Y se a reportado ya, que han encontrado diferencias entre los ingresos manifestados y los que tienen en sus bases de datos.

Esta situación, la a tomado el SAT en algunos casos como motivo para CANCELAR LOS SELLOS DIGITALES, al hacer esto esas empresas quedan automáticamente imposibilitadas para poder emitir facturas, considerando que existe, una SUPUESTA OMISIÓN DE INGRESOS con fundamento en Art. 17-H, Fracción X, inciso d) del CFF.

Uno de los motivos por lo que esta discrepancia resulta, es que existen algunos sistemas electrónicos por medio de los que se factura, que permite desde el mismo, la cancelación de facturas, sin tener que ingresar al portal del SAT para hacer la cancelación de manera “manual”. Sin embargo dependiendo de la configuración correcta del sistema, es que efectivamente se hace la cancelación en el portal del SAT de manera automática, es decir, que cabe la posibilidad de que algunos sistemas pudieran no estar haciendo la cancelación automática de tal forma que esas facturas que en los sistemas están canceladas, en el portal del SAT puedan estar vigentes.  Creando de esta forma, de manera involuntaria una discrepancia de ingresos.

Es un tema delicado, pues ya existen reportes de empresa a las que el SAT les a cancelado su sello digital para facturar por esta discrepancia y por este motivo que se comenta, es por ello que envío este aviso, para que se tome la precaución de revisar con su personal de sistemas, que la cancelación de facturas se haga tanto en su sistema como en el portal del SAT y evitar esta contingencia.

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